Orden de 5 de junio de 2015, por la que se fijan las vedas y
períodos hábiles de caza en el territorio de la Comunidad Autónoma
de Andalucía establece los periodos hábiles de caza en Andalucía. temporada 2015
/ 2016, quedando la becada de la siguiente como sigue:
Se establece el inicio del periodo hábil el Domingo día 1 de
Noviembre, y el final el domingo 31 de Enero Siendo hábiles todos los días a
excepción de la Provincia
de Almería donde serán hábiles únicamente Viernes, Sábados, Domingos y días
Festivos.
No se establece cupo de capturas, ni limitación de caza a la
espera, si bien la Ley
de Flora y Fauna de Andalucía considera
falta grave cazar fuera del período comprendido entre una hora antes de
la salida del sol y una hora después de su puesta.
*Este articulo tiene carácter orientativo, debiendo atenerse a la información publicada en los boletines oficiales por los organismos competentes en la materia.
